La CNDP especifica sus competencias legales y rechaza toda responsabilidad en la publicación de las listas profesionales del sector de la prensa

euromagreb23 ديسمبر 2025آخر تحديث :
La CNDP especifica sus competencias legales y rechaza toda responsabilidad en la publicación de las listas profesionales del sector de la prensa

La Comisión Nacional de Control de la Protección de Datos Personales (CNDP) emitió el lunes un comunicado de negación y aclaración, a raíz de las declaraciones públicas formuladas, a título personal, por un miembro de la comisión provisional encargada de la gestión de los asuntos del sector de la prensa y la edición, tras un primer texto publicado el 15 de diciembre.

La institución indica que ha seguido “con asombro” estas posiciones individuales y considera necesario especificar el marco jurídico, orgánico y operativo, recordando estrictamente sus prerrogativas tal como se derivan de la ley 09-08 relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales.

En su comunicado, la CNDP recuerda que “los seis comisarios, nombrados por [el rey Mohammed VI], constituyen el órgano de deliberación y no el órgano de gestión de la comisión”, al tiempo que especifica que “no son permanentes”. Añade que “no se espera que reciban a las personas que se presentan en la recepción de la institución”, esta misión depende del equipo administrativo encargado de la consideración de los expedientes, su instrucción y su presentación al colegio de comisarios cuando sea necesario. La CNDP también subraya que las acciones de acompañamiento previas a la presentación de las notificaciones reflejan “el compromiso pedagógico de la Comisión” y que son “agradecidas regularmente por los responsables del tratamiento”, ya que su carácter es voluntario y no prescrito por la ley 09-08.

El ámbito jurídico del control y el expediente de las listas profesionales

En cuanto a sus competencias materiales, la CNDP precisa que está interesada en los procesos de tratamiento de los datos personales verificando, antes de cualquier aplicación, la licidad de la recopilación, la proporcionalidad con respecto a la finalidad anunciada, la gestión de las autorizaciones de acceso, la arquitectura de la infraestructura técnica y el período de conservación, con el fin de garantizar que “se respeten los intereses de los ciudadanos”. Afirma, sin embargo, que “nunca se entromete en el valor intrínseco y orgánico de los datos”, ya sean, por ejemplo, archivos bancarios, listas de asegurados, estudiantes, pacientes, miembros de asociaciones o ciudadanos que solicitan los servicios de una administración.

La CNDP señala además que el Consejo Nacional de Prensa no se ha detenido en “una percepción inadecuada” expresada por el interesado y que ha designado un interlocutor que ha permitido que el proceso de cumplimiento sea «positivamente». Sin embargo, deja al autor de las declaraciones la responsabilidad de explicar a los interesados “la razón por la que la lista de periodistas no se ha publicado durante al menos dos años”, subrayando que la CNDP “no se inscribe en una agenda política o electoral” y que “no es responsable de la publicación o no publicación de esta lista

Por último, la institución indica que procede a la corrección de los malentendidos detectados y advierte que, “en caso de mala fe comprobada”, el expediente podrá ser remitido al Ministerio Público

 

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